Firme la batalla legal para legalizar los vaporizadores; otorgan otro amparo

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Firme la batalla legal para legalizar los vaporizadores; otorgan otro amparo

Por Francisco Romero

La batalla legal de quienes utilizan vaporizadores para dejar de fumar sigue firme en contra las restricciones arbitrarias, ya que el proceso en contra del decreto presidencial del 19 de febrero que prohíbe la importación de esos dispositivos es al margen de la resolución que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el pasado 25 de noviembre y que solo tiene efecto sobre la cadena comercial que lo interpuso.

Por lo anterior, diversas organizaciones civiles a favor del vapeo, convocaron a todos aquellos interesados, particularmente para quienes utilizan vaporizadores para dejar el tabaquismo, a que sigan interponiendo sus amparos en contra del decreto presidencial, pues ya suman nueve recursos otorgados al respecto y de los cuales, uno, fue otorgado precisamente después de la resolución de la Suprema Corte de finales del mes pasado.

En este sentido, en el marco del foro virtual sobre Vapeo: Salud, Derecho y Libertad, organizado por México Libertario, Juan José Cirión Lee, presidente de México y el Mundo Vapeando, afirmó que la batalla legal para defender las libertades individuales de los ciudadanos en materia de vapeo sigue firme, pues enfatizó que la resolución del máximo órgano de justicia del país sólo tiene efecto sobre la cadena Sanborns y para nada tiene un criterio general.

“Con la resolución de la Suprema Corte se llegó a decir que era como ponerle el último clavo al ataúd del vapeo en México, pero eso no es así; por lo que nosotros proponemos a los interesados, a organizar estrategias jurídicas con el objetivo de presentar amparos para que los usuarios estén en la posibilidad de ejercer sus derechos; entonces vamos creando un conjunto de amparos para tener un punto de partida para que las decisiones vayan en línea con respecto a las libertadas individuales”; afirmó el especialista.

A través de su participación en el evento mencionado, el maestro en Derecho por la UNAM consideró que México enfrenta “un merequetengue” en materia de vaporizadores, derivado de las diferentes interpretaciones y medidas adoptadas por las autoridades administrativas del país.

En este sentido, explicó que previo a febrero de este año, alrededor de 25 comerciantes habían obtenido igual número de amparos para vender en México e importar los dispositivos electrónicos, ante una arbitraria prohibición de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). En estos casos, afirmó, el decreto del 19 de febrero no limitó a los beneficiados del amparo la posibilidad de vender vaporizadores.

Agregó que el 19 de febrero se emitió un decreto presidencial para prohibir la importación de los dispositivos, ante lo cual se han solicitado más de 300 amparos por parte de personas morales y físicas, y de los cuales nueve ya fueron otorgados, uno de ellos fue concedido después de la resolución otorgada por la SCJN en donde prohibió a Sanborns vender vaporizadores pero le autorizó comercializar calentadores de tabaco, bajo el argumento de que se trata de tabaco y por lo tanto está dentro de la jurisdicción de la Ley para el Control del Tabaco.

Es decir, ahondó Juan José Cirión Lee, la resolución de la Suprema Corte sólo benefició estrictamente a la cadena comercial para vender un artículo y no así proveedores ni a fabricantes o demás entidades involucradas.

“Philip Morris no puede comercializar su dispositivo afirmando que es de daño disminuido o disminuido; no puede comercializarlo de esa forma, lo tiene que comercializar en las mismas formas que un cigarro, pero este amparo se lo otorgaron a Sanborns no a Philip Morris, o sea es una cosa diferente”, subrayó.

Por lo anterior, afirmó que continúa el proceso legal de parte de los usuarios de cigarros electrónicos para defender sus garantías y derechos individuales y poder adquirir e importar aquellos dispositivos electrónicos, los cuales han demostrado científicamente funcionar como herramientas para abandonar el consumo de tabaco, tal como lo aplica el gobierno del Reino Unido, el cual ha incorporado a los vaporizadores dentro de su política pública para combatir el tabaquismo, en virtud de que generan 95 por ciento menos daños que los cigarros convencionales.

El presidente de México y el Mundo Vapeando afirmó que está en manos de los legisladores, particularmente de los diputados, resolver este asunto, pues a través de una regulación diferente a la que aplica sobre el tabaco, los vaporizadores podrán venderse en México y contribuir a revertir el tabaquismo, actividad que cobra casi la muerte de 60 mil personas al año en nuestro país.

“Entonces los diputados tienen una grave tarea que es: Uno, pensar en su representatividad; dos, analizar la evidencia científica y, tres, analizar los avances de la jurisprudencia para poder armonizar las leyes con respecto a lo que ya se avanzó en los criterios jurisdiccionales”, afirmó en el evento convocado por la organización civil México Libertario, con la cooperación de la red internacional Somos Innovación, con base en Varsovia y Buenos Aires.

En el evento también participó María José Salinas, de la organización “Yo sí creo que en el vapeo”, quien destacó la necesidad de difundir datos científicos para revertir los dogmas y la desinformación que prevalece sobre el tema y que ha obstaculizado, precisamente, avanzar en una regulación en la materia.

De igual manera estuvo presente Roberto Sussman, dirigente de ProVapeo México, quien destacó experiencias y caso de éxito a nivel internacional en el uso de los vaporizadores, como Francia, en donde se facilita el acceso de esos dispositivos para todos aquellos que desean abandonar el consumo del tabaco.

En ese sentido, el también investigador del Instituto de Ciencias Nucleares de la UNAM, desestimó los señalamientos de representantes de la Secretaría de Salud, como los lanzados por el subsecretario Hugo López-Gatell., quien ha sostenido que los vaporizadores son elementos de alto factor de riesgo de COVID19.