SCJN debe resolver si padrón de telefonía celular invade la privacidad: INAI

0
236
SCJN debe resolver si padrón de telefonía celular invade la privacidad: INAI

Redacción

  • Puede realizarse el registro siempre y cuando solo se incluyan los datos para identificar al usuario: Francisco Javier Acuña Llamas

La creación de un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) que establece, entre otros aspectos, incluir los datos biométricos de las personas usuarias de este servicio, es invasivo a la privacidad, por lo que hay optimismo en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le ponga freno, aseguró el Comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Francisco Javier Acuña Llamas, al participar en la mesa redonda Datos Biométricos de la Telefonía Celular.

“Yo quiero demostrar, como parte de un Pleno, optimismo en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación vaya a ponerle freno al desaguisado en términos de la mala construcción; yo no niego que cabe que se haga un registro, desde luego que es conveniente o indispensable, siempre y cuando solo se comprometan los datos que pudieran merecer una identificación o una consideración para identificar al usuario, pero no en un término tan invasivo a la privacidad, como en este caso puede resultar esta desproporción”, manifestó.

Acuña Llamas señaló que el Estado mexicano puede implementar medidas de emergencia para hacer frente a problemas como el de la inseguridad pública, sin embargo, dijo que lo que no se debe hacer es desnaturalizar las funciones constitucionales encomendadas a organismos como el INAI y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

“Nosotros no estamos negando que el Estado mexicano pueda, desgraciadamente ante una incapacidad para resolver la inseguridad pública y peor aun la que se ha venido normalizando como inseguridad violenta en zonas enormes del Estado, casi en todo el Estado mexicano incluso y que haya mecanismos de emergencia, claro que cabe, pero el asunto es que no se puede desnaturalizar la esencia de las funciones constitucionales […] al INAI le tocan unas competencias y al IFT otras”, aseveró.

Al respecto, el Comisionado destacó que el INAI es la máxima autoridad administrativa en la protección de datos personales, y es la única autoridad habilitada y legitimada para defender los datos entre particulares y, con motivo de este padrón que se está generando como un deber inexcusable, hay una triangulación entre los datos personales, además de sanciones muy delicadas como la incomunicación o la pérdida de un servicio vital en estos momentos.

Asimismo, apuntó que el Legislador estableció que se van a recabar datos biométricos sin precisar cuáles; además de que se deja abierto a que sean autoridades policiacas de cualquier orden, ministeriales o incluso administrativas, lo que “genera una alarma porque se vuelve una base de datos peligrosísima que puede ser utilizada para ejercer medidas policiacas, de persecución y de instigación social”, advirtió.

Isabel Davara, socia del Despacho Davara Abogados, comentó que los datos biométricos son datos especiales que se refieren a características biológicas como el reconocimiento de voz, facial y huellas digitales, son absolutamente irremplazables y únicos de las personas.

“Son datos que pueden llevar a una peligrosidad enorme de chantaje, localización de personas […] con esta reforma la operadora -de telefonía- le va a dar al IFT un montón de datos biométricos y éste va a tener una mega base de datos de identidad”, aseveró al destacar que el Panaut podría convertirse en la base de datos más codiciada, pero, al final, los más desfavorecidos terminarán sin una línea telefónica.